CHEQUES SIN FONDOS.
Es inexacto que el acusado hubiera pagado oportunamente un cheque emitido por él, sin fondos, si fue pagado después de que el cheque fue presentado al cobro de la institución bancaria girada, haciendo ésta la anotación correspondiente, relativa a que no se cubría por falta de provisión de fondos suficientes, y después de la denuncia de hechos que determinó el ejercicio de la acción penal correspondiente; de tal manera que el pago de dicho documento que se hizo con posterioridad, repercute sólo por lo que hace a la reparación del daño, pero no es eficiente para concluir que no se hubiera perpetrado el delito, ya que dicho pago se hizo, en orden a tiempo y lugar de la acción criminosa, después de que ésta se consumó.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/264142-a0a2b1c5/cheques-sin-fondos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- CHEQUES SIN FONDOS. (s/clave)
- CHEQUES SIN FONDOS. (s/clave)
- CHEQUES SIN FONDOS, PAGO TARDIO DE LOS. (s/clave)
- CHEQUES SIN FONDOS. (s/clave)
- CHEQUES SIN FONDOS. (s/clave)
- CHEQUES SIN FONDOS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis