CASO FORTUITO.
La esencia del caso fortuito radica en la imprevisibilidad del resultado, y por ello la ley excluye de responsabilidad, ya que no puede exigir que el individuo prevea lo que es humanamente imprevisible.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/264227-918cb1cb/caso-fortuito · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4646/57. Nicolás Avila Ivón. 18 de marzo de 1958. Cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.
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