ENCUBRIMIENTO.
El encubrimiento, como delito destacado, presupone la realización de un delito anterior, el ocultamiento del autor de dicho ilícito o de los instrumentos utilizados en su comisión, o que el objeto materia del robo lo hubiera adquirido el agente, sin tomar las precauciones exigidas por la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/264501-484fab38/encubrimiento · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 5257/56. J. Cruz Medina Rodríguez. 20 de julio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.
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