PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.
No se hizo un razonamiento como marca la ley para el ejercicio del arbitrio judicial en la fijación de la pena, si el tribunal omitió referirse, entre otros datos, al grado de temibilidad de la acusada, así como a la magnitud de su culpabilidad, a su ausencia de antecedentes penales, al hecho de ser una delincuente primaria, etcétera, por lo que el juzgador debió tomar en cuenta también tales elementos favorables y en función de ellos establecer la pena adecuada. En consecuencia, se impone la concesión del amparo para el único efecto de que se dicte una nueva resolución en la que se impongan a la acusada las sanciones que correspondan de acuerdo con las circunstancias exteriores de ejecución y las subjetivas de la misma.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/264740-d96d5b26/pena-individualizacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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