PRESCRIPCION EN MATERIA FISCAL, INTERRUPCION DE LA.
Conforme a la fracción I del artículo 63 del Código Fiscal, cualquier actuación de la autoridad, notificada al interesado, que tienda a precisar el hecho o hechos constitutivos de la infracción, interrumpe la prescripción de la acción administrativa para el castigo de las infracciones a las leyes fiscales. Ahora bien, del contenido del dispositivo legal antes dicho, se deduce que el mismo presupone la existencia o el conocimiento de la infracción y su imputación al interesado, pues precisamente las actuaciones de la autoridad de que se habla en el dispositivo en comentario, tienen por objeto comprobar el hecho o hechos que constituyan la infracción que se imputa al interesado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/265507-8ab7a2f1/prescripcion-en-materia-fiscal-interrupcion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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