TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, FACULTADES PARA EL NOMBRAMIENTO Y REMOCION DE LOS.
Los funcionarios integrantes del Ejecutivo Federal, no gozan de la facultad que otorga la fracción II del artículo 89 de la propia Constitución, para nombrar y remover libremente a los empleados cuyo nombramiento o remoción no están determinados de otro modo en la Constitución o en las leyes, toda vez que el dispositivo aludido no confiere facultades a "los funcionarios integrantes del Ejecutivo Federal", ya que el precepto se refiere exclusivamente al presidente de la República.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/265634-1f1704b4/trabajadores-al-servicio-del-estado-facultades-para-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 6122/64. Guillermo de María y Campos y de Lizardi. 30 de junio de 1966. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
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