Corpus
Modo: Corpus Pro

AGRARIO, INTERPRETACION DEL ARTICULO 248 DEL CODIGO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 266789 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXI, Tercera Parte; Pág. 9

El mandato legal del artículo 248 del Código Agrario no condiciona a ninguna exigencia, bastando únicamente que exista un propietario afectado para que éste tenga derecho a levantar la cosecha pendiente.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/266789-fe6664cf/agrario-interpretacion-del-articulo-248-del-codigo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 338/62. Comisariado Ejidal "El Chespal". 2 de julio de 1962. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.

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