Corpus
Modo: Corpus Pro

CONDONACION, NO SIGNIFICA RENUNCIA A UN TERMINO Y A UN DERECHO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 267613 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Tercera Parte; Pág. 12

La solicitud de condonación, simple petición de gracia, no puede significar renuncia a un término y a un derecho irrenunciables, como son los que en el Código Fiscal de la Federación otorga para impugnar una resolución, la que no había alcanzado definitividad mientras no hubiera expirado el plazo para combatirla.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/267613-6a405f09/condonacion-no-significa-renuncia-a-un-termino-y · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Revisión fiscal 312/60. Autos Arelle y Hartasánchez, S. de R. L. 23 de febrero de 1961. Cinco votos. Relator: Felipe Tena Ramírez.

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