CONDONACION, PROCEDIMIENTO EN CASO DE.
Como la condonación no es estrictamente un recurso para combatir las resoluciones del Jurado de Infracciones Fiscales, sino un medio extraordinario de defensa concedido a los penados para que se juzgue nuevamente su caso, a la luz de pruebas no aducidas ante el jurado u oficina recaudadora, es requisito indispensable, para que la Secretaría de Hacienda juzgue el caso sometido a su decisión, la rendición de nuevas probanzas, que acrediten la existencia de la infracción o la irresponsabilidad del causante; así es que la resolución que dicte dicha autoridad, versa únicamente sobre la eficacia o ineficacia de las nuevas pruebas aportadas para acreditar que no se cometió la infracción o que el penado no fue el autor de ella; por lo que si la Secretaría de Hacienda, evadiendo la pauta estricta marcada por la ley, decide sobre cuestiones diferentes de las enunciadas, su resolución carece de efectos jurídicos, por no estar apoyada en disposición legal alguna.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/333434-f70fd23f/condonacion-procedimiento-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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