Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

RADIO Y TELEVISION. GASTOS DE INSPECCION.

Clave: — · Registro digital (IUS): 267630 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Tercera Parte; Pág. 41

El artículo 2o., transitorio, de la Ley Federal de Radio y Televisión, estatuye terminantemente que se derogan todas las disposiciones de la Ley de Vías Generales de Comunicación que se opongan a aquélla, por lo que, obviamente, el artículo 99, que previene que "La inspección y vigilancia la cubrirán las Secretarías de Comunicaciones y Transportes y de Gobernación, con personal a sus órdenes", deja sin efecto, por lo que hace a la materia de radio y televisión, el mandato contenido en el artículo 123, en cuanto establece que son los concesionarios quienes deben cubrir los mencionados gastos de inspección.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/267630-89de5d22/radio-y-television-gastos-de-inspeccion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 7199/60. Benjamín Briones Muñoz. 8 de febrero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis