AGRAVIOS EN LA APELACION.
Si el apelante sí señaló en su escrito de apelación los hechos que constituían la violación alegada, y si literalmente no solicitó en los puntos petitorios, que el fallo de primera instancia fuera revocado o modificado, ello no implica que el tribunal de alzada hubiese concedido a esta parte más de lo que pidió al revocar la sentencia del Juez, pues fue apelada por estimar la recurrente que en sus puntos resolutivos y diversos considerandos, le causaba agravios por los motivos que mencionó.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/270944-1839f04f/agravios-en-la-apelacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3721/60. Paz Díaz Monfil. 7 de septiembre de 1961. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 62, la tesis aparece bajo el rubro "AGRAVIOS EN LA APELACION.".
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