DIVORCIO, CAUSAL AUTONOMA DE (LEGISLACIONES DEL DISTRITO FEDERAL Y DEL ESTADO DE CHIAPAS).
La causal de divorcio señalada en el artículo 268 del Código Civil para el Distrito y Territorios Federales (correspondiente al artículo 264 del Código Civil Chiapaneco), es de naturaleza completamente autónoma con características propias e independientes de la causal de injurias graves a que se refiere específica y exclusivamente la fracción XI del artículo 267 del mismo ordenamiento; sin que obste en contrario que aquélla causal constituya, en sentido amplio, también una ofensa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/271466-58a73e3b/divorcio-causal-autonoma-de-legislaciones-del-distrito-federal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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