DIVORCIO, CAUSALES DE. SON DE DERECHO ESTRICTO (LEGISLACION DEL DISTRITO FEDERAL).
Nuestro Código Civil en los artículos 267 y 268 comprendió dieciocho casos limitativamente expresados, que concluyen la interpretación expresiva y la analógica, porque casi todos son delitos; pero que se señalan como causales de divorcio en cuanto que hacen imposible la vida en común de los cónyuges.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/339782-030c7437/divorcio-causales-de-son-de-derecho-estricto-legislacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2338/54. Margarita López Portillo de Galindo. 2 de diciembre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: Gabriel García Rojas e Hilario Medina. Relator: José Castro Estrada.
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