DECLARACION HECHA EN UN INSTRUMENTO PUBLICO. VALOR PROBATORIO DE LA.
La circunstancia de que una declaración se asiente en un instrumento público, no atribuye al contenido de aquélla el carácter de prueba plena, ya que lo único que hace fe, es que ante el funcionario que interviene el en documento, se asentó dicha declaración.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/272016-5539ae5e/declaracion-hecha-en-un-instrumento-publico-valor-probatorio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3659/58. Atanasio Castillo Ruiz. 6 de abril de 1959. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Jurisprudencia relacionada
- INSTRUMENTOS PUBLICOS, VALOR PROBATORIO DE LAS DECLARACIONES CONTENIDAS EN LOS. (s/clave)
- INSTRUMENTOS PUBLICOS, VALOR PROBATORIO DE LOS. (s/clave)
- INSTRUMENTOS PUBLICOS, VALOR PROBATORIO DE LOS. (s/clave)
- INSTRUMENTOS PUBLICOS, DECLARACIONES EN LOS. (s/clave)
- PRUEBA CON INSTRUMENTOS PUBLICOS. (s/clave)
- DECLARACION HECHA EN UN INSTRUMENTO PUBLICO. SU VALOR EN JUICIO. (198)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis