PROBIDAD, FALTAS DE.
Si un trabajador vende los productos de la empresa en que labora a un precio superior al autorizado originando quejas de los clientes, con ello está incumpliendo su contrato de trabajo y causándole perjuicios a su patrón y procede la rescisión del contrato de trabajo, conforme a las fracciones II y XVI del artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo, ya que esa conducta del trabajador no se apega a las normas mínimas de probidad y honradez en el trato con su patrón, por no observar las reglas establecidas por éste, no acatar los precios fijados y originarle conflictos con su clientela.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/273556-e450b8cd/probidad-faltas-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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