TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, PROCEDIMIENTO PARA EL CESE DE LOS.
Es indebido alegar que el cese de un trabajador es injustificado, porque no se siguió el procedimiento establecido en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, ya reformado, ya que el titular de una dependencia burocrática puede alegar por vía de excepción, al contestar la demanda que en su contra se formule, los fundamentos del cese que hubiera dictado sin sujetarse a ese procedimiento; y si demuestra la existencia de los hechos motivadores del cese, se le debe absolver de la reinstalación, con la única consecuencia de que, por haber omitido la solicitud previa al cese, se paguen salarios caídos hasta la fecha del laudo que ponga término al conflicto laboral y declare justificado el cese del trabajador.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/273620-85b7bd9f/trabajadores-al-servicio-del-estado-procedimiento-para-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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