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Modo: Corpus Pro

EXCEPCION, COMO PODER DE ANULACION QUE SE DIRIGE CONTRA OTRO DERECHO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 273672 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVIII, Quinta Parte; Pág. 16

La excepción es un contra derecho, es un poder de anulación que se dirige contra otro derecho, teniendo como límite la acción misma. En esa virtud, al ser opuesta, el juzgador debe relacionarla indefectiblemente con la acción para poder determinar dentro de su propia naturaleza, si es o no procedente, es decir, si la excepción fue bien o mal opuesta.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/273672-91647c7c/excepcion-como-poder-de-anulacion-que-se-dirige · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 8948/63. Antonio Rossano Lara. 30 de octubre de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.

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