DESPIDO, JUSTIFICACION DEL.
El despido se justifica por los hechos y actitudes ejecutados o asumidas por el trabajador, no con la indicación del precepto correspondiente, debiendo por tanto el juzgador atender a la enunciación de los hechos invocados como causa del despido y a su comprobación, para pasar de inmediato a verificar si tales hechos son constitutivos de una causa legal que justifique el despido, con independencia de la cita del precepto legal que haya invocado el patrón, ya que con esta actitud no hará más que cumplir con su deber de juzgar en conciencia y de acuerdo con la máxima de validez universal: da mihi factum dabo tibi ius.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/274145-dd486f1a/despido-justificacion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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