PRUEBAS RENDIDAS POR UNA DE LAS PARTES, A QUIEN APROVECHAN LAS.
Las pruebas rendidas por una de las partes no sólo a ella aprovechan, sino a todas las demás, aunque no hayan participado en la rendición de las pruebas, en atención a que no es posible dividir la convicción del juzgador respecto a la existencia o no existencia de los hechos controvertidos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/274357-325bb426/pruebas-rendidas-por-una-de-las-partes-a · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4390/61. Patronato de Obras Benéficas de Toluca, Estado de México, S. C. 31 de enero de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán Tamayo.
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