SALARIO. GRATIFICACION ANUAL.
Cuando el trabajador tiene derecho a percibir una gratificación anual, ya sea porque se haya pactado en el contrato o porque exista la costumbre de que se le pague como compensación a la labor ordinaria, su salario diario no sólo comprende la cantidad que se haya estipulado como tal, sino además la parte proporcional que le corresponde por concepto de gratificación anual, y el salario, integrado en esa forma, es el que debe servir de base para calcular el monto de las prestaciones que se traduzcan o resuelvan en pago de salarios.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/274741-73dc5ac1/salario-gratificacion-anual · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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