DESPIDO. ABANDONO.
En los conflictos originados por el despido de un trabajador, toca a éste probar la existencia del contrato de trabajo y el hecho de no estar ya laborando, cuando esas circunstancias sean negadas por el patrón, mientras que a este último corresponde demostrar el abandono, o bien los hechos que invoque como causa justificada de rescisión del contrato de trabajo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/274800-15d19abc/despido-abandono · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 331/61. José Guadalupe Núñez. 18 de octubre de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo
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