PETROLEROS, INTERPRETACION DE LA CLAUSULA 160 DEL CONTRATO COLECTIVO.
La Cuarta Sala de la Suprema Corte ha estimado que la interpretación que deriva de la cláusula 160 del Contrato Colectivo de Trabajo que Petróleos Mexicanos tiene celebrado con el Sindicato de Trabajadores Petroleros, es condicional y limitativa; condicional porque fija las bases para que cualquier trabajador pueda disfrutar de un permiso sin goce de sueldo para estar separado de su puesto, cuando desempeñe comisiones sindicales, puestos de representación, o para el arreglo de asuntos particulares, y limitativa porque fija en 365 días, el tiempo máximo de que el trabajador puede disfrutar para estar separado de su puesto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/275008-65400095/petroleros-interpretacion-de-la-clausula-160-del-contrato · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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