CONFESION JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL.
La confesión no sólo es aquella que se produce al responder afirmativamente a una pregunta de la parte contraria, al absolver posiciones (confesión judicial) sino también la extrajudicial que se contiene en la demanda, en la contestación o en cualquier otro acto del juicio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/275037-2364261e/confesion-judicial-y-extrajudicial · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 7003/58. Ferrocarriles Nacionales de México. 9 de marzo de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela.
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