CONVENIOS, COMPUTO DE LA PRESCRIPCION DE LA ACCION DE NULIDAD DE LOS.
Cuando se celebra un convenio ambas partes contratantes tienen conocimiento de lo pactado en el preciso momento en que lo celebran y tratándose de los que han de ser sometidos a la aprobación de la autoridad del trabajo, el convenio comienza a surtir efectos desde la fecha en que es aprobado, consecuentemente, en este caso, habrá de tenerse como fecha para computar la prescripción de la acción de nulidad del convenio si ésta resultara procedente, la de la aprobación del convenio por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/275435-20faff44/convenios-computo-de-la-prescripcion-de-la-accion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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