LAUDOS INCONGRUENTES.
Si la Junta responsable omitió estudiar la excepción de prescripción hecha valer por la quejosa en relación a las pretensiones del actor, como tal omisión de la responsable infringe lo dispuesto por el artículo 551 de la Ley Federal del Trabajo que la obliga a pronunciar su laudo en forma congruente con las pretensiones deducidas oportunamente en el negocio y por ende incurrió en violación de garantías en perjuicio de la quejosa, el amparo que ésta solicita es procedente y debe concederse para el efecto de que la Junta dicte un nuevo laudo en el que estudie dicha excepción de prescripción.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/275455-b9009b56/laudos-incongruentes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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