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Modo: Corpus Pro

SALARIOS. PAGO DE VEINTE DIAS POR CADA AÑO DE SERVICIOS, PROCEDENCIA DEL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 275570 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Quinta Parte; Pág. 71

Sólo se prevé el pago de veinte días por cada año de servicios como responsabilidad del conflicto, cuando la parte patronal se negare a someter sus diferencias al arbitraje o a aceptar el laudo pronunciado por la Junta, de acuerdo con los artículos 601 y 602 de dicho ordenamiento.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/275570-22e8c057/salarios-pago-de-veinte-dias-por-cada-ano · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 618/60. Eduardo y José Flores Rojas. 6 de julio de 1960. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.

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