COMISIONES MIXTAS, VALOR DE LOS FALLOS EMITIDOS POR LAS.
Los fallos emitidos por las comisiones mixtas cuya creación autoriza la ley, sólo son con fines de avenimiento, no son ejecutivos y, por lo tanto, carecen de obligatoriedad; por cuya razón en estos casos y aunque el contrato colectivo contenga disposición en contrario al respecto, las partes quedan en aptitud legal de ejercitar sus respectivas acciones ante la autoridad jurisdiccional competente a quien reserva la ley fundamental, en forma exclusiva, la facultad para solucionar los conflictos entre el capital y el trabajo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/276551-b5eaf565/comisiones-mixtas-valor-de-los-fallos-emitidos-por · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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