PRUEBAS, OMISION DEL ESTUDIO DE LAS.
Evidentemente que si la Junta omite el análisis del certificado de autopsia rendido como prueba en rigurosa congruencia con la acción ejercida, transgrede en perjuicio de los quejosos sus garantías individuales, y, debe concederse el amparo, para el efecto de que la Junta pronuncie nuevo laudo, en el cual relacione para su estudio, el certificado de autopsia a que se ha hecho referencia, con los demás elementos de autos y decida lo que legalmente proceda.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/276678-625bf102/pruebas-omision-del-estudio-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3049/57. Tomasa Sierra Pérez y coagraviados. 1o. de abril de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agapito Pozo.
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