SALARIOS, DESCUENTOS A LOS.
Aun cuando esté justificada la responsabilidad del trabajador, tal situación no faculta al patrón para efectuar descuentos a los salarios de aquél, hasta que se cubra el monto en que se fincó la responsabilidad, en virtud de que este procedimiento pugna con el espíritu del segundo párrafo del artículo 91 del código federal del trabajo, que condiciona la facultad potestativa del patrón para hacer descuentos al salario del trabajador (en los casos que limitativamente prescribe tal párrafo) bajo la base de que debe existir acuerdo en cuanto a la parte del salario que deba descontarse.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/277339-2873bd94/salarios-descuentos-a-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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