TRABAJADORES DEL ESTADO. EXCEPCIONES, PRECISION EN LOS HECHOS FUNDATORIOS DE LAS.
El que los servicios de un trabajador no sean satisfactorios a juicio de la parte patronal es una cuestión subjetiva, que de no completarse con la exposición de hechos concretos y previstos como causales de separación, no pueden tomarse en cuenta, ni constituye una verdadera defensa si sólo se esgrimió en el aviso de baja dado al trabajador, pero no se hizo valer, en el momento oportuno, ante la autoridad que conoció el conflicto; porque es obvio que no es en el aviso de baja en donde se hacen valer excepciones.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/277349-33f63285/trabajadores-del-estado-excepciones-precision-en-los-hechos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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