SEPTIMOS DIAS, DESCANSO OBLIGATORIO Y VACACIONES. REQUISITOS PARA EL PAGO DE.
Tratándose de un contrato por obra determinada, carecen de justificación legal las reclamaciones relativas a pago de séptimos días, de descanso obligatorio y vacaciones, ya que para que los trabajadores tengan derecho a esas prestaciones, se requiere la permanencia de la relación contractual de trabajo cuando menos por seis días, según lo dispone el artículo 78 de la Ley Federal del Trabajo respecto a descansos semanales; que durante sus servicios, se interponga algún día feriado de los señalados por el artículo 80 de la propia ley, y que los servicios se hayan prestado continuamente durante más de un año tratándose de vacaciones, según lo estipula el artículo 82 del ordenamiento invocado, circunstancias no acreditadas en la especie, dada la vaguedad de las probanzas relativas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/277518-b4c8c9c7/septimos-dias-descanso-obligatorio-y-vacaciones-requisitos-para · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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