TRABAJADORES DE CONFIANZA, RESCISION DEL CONTRATO DE LOS.
Si el actor no sólo era empleado de confianza sino también representante del patrón, pues en nombre de éste, ejercía funciones de dirección, evidentemente que su interés era opuesto al de los trabajadores a sus ordenes, a quienes debía hacer cumplir estrictamente con el trabajo contratado; por tanto, si el mencionado representante se sindicalizó dentro del mismo órgano del que forman parte esos trabajadores, tal hecho motiva la rescisión de su contrato de trabajo, con apoyo en que el patrón le perdió la confianza a que hace mención el artículo 126, fracción X, de la Ley Federal del Trabajo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/277871-400ab343/trabajadores-de-confianza-rescision-del-contrato-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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