SALARIOS CAIDOS.
Es cierto que la Ley Federal del Trabajo concede al trabajador despedido sin causa justificada, el derecho a ser indemnizado con el importe de tres meses de salarios y a que se le paguen los llamados salarios caídos; pero para que la Junta que conozca del juicio condene al patrón al pago de estos últimos, es preciso que el actor los reclame, ya que de otro modo la autoridad juzgadora no puede hacerlo, en virtud de que sus resoluciones deben ser congruentes con la demanda y demás pretensiones deducidas oportunamente en el negocio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/277906-96183363/salarios-caidos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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