DEPENDENCIA EN MATERIA DE TRABAJO.
La dependencia a que se refiere el artículo 17 de la Ley Federal del Trabajo, debe entenderse como subordinación al patrón y no como dependencia económica de éste.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/278212-024cfcf5/dependencia-en-materia-de-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia 77/53. Suscitada entre la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, Grupo Especial Número Nueve y, el Juez Cuarto de lo Civil en México, D. F. 4 de diciembre de 1953. Mayoría de doce votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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