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Modo: Corpus Pro

DEPENDENCIA ECONOMICA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 371697 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1613

El artículo 17 de la Ley Federal del Trabajo, no requiere la dependencia económica como característica del contrato de trabajo, sino una dependencia que puede ser de carácter jerárquico o patronal, para la prestación de los servicios correspondientes; pero tal dependencia no existe, si los vendedores de lo producido por el demandado, podrían libremente trabajar cuando lo quisieran.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/371697-19a82411/dependencia-economica · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 747/46. Salcedo Beltrán Román. 11 de noviembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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