DIVORCIO, COMPETENCIA TRATANDOSE DE.
Si hay un principio de prueba, es de admitirse, pero sólo para los efectos de la resolución del conflicto competencial, y sin que con ello se prejuzgue en forma alguna en cuanto a la materia a debate en el juicio de divorcio correspondiente, que la actora tiene el carácter de cónyuge abandonada, y que es competente el Juez de su domicilio, según la regla procesal aplicable, tanto más si su esposo, al promover inhibitoria del Juez que conoció de la demanda, sólo manifestó que el domicilio conyugal de ambos lo habían trasladado a determinado lugar, pero sin comprobar esa aseveración en ninguna forma, e imputando el abandono del mismo a su propia consorte, aunque la competencia que le atribuyó a diverso Juez la estableció solamente en la circunstancia de estar domiciliado en su jurisdicción y tener el carácter de demandado en el precitado juicio en el que se ejercitaba en su contra una acción personal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/278237-911545f9/divorcio-competencia-tratandose-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- DIVORCIO, COMPETENCIA TRATANDOSE DE. (s/clave)
- DIVORCIO, COMPETENCIA TRATANDOSE DE. (s/clave)
- DIVORCIO, COMPETENCIA TRATANDOSE DE. (s/clave)
- DIVORCIO, COMPETENCIA TRATANDOSE DE. (s/clave)
- DIVORCIO, COMPETENCIA TRATANDOSE DE. (s/clave)
- DIVORCIO, COMPETENCIA TRATANDOSE DE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis