LEGISLACION DE EMERGENCIA, COMPETENCIA POR RAZON DE LA.
Si bien en verdad que en la actualidad se encuentra vigente el Decreto de veintiocho de septiembre de mil novecientos cuarenta y cinco, que levantó la suspensión de garantías, decretada el primero de junio de mil novecientos cuarenta y dos, y reestableció el orden constitucional, también es verdad que esa propia ley, respecto de los delitos cometidos durante el estado de suspensión de garantías y bajo la vigencia de la Legislación de Emergencia, entre otras prescripciones contiene la siguiente: "Las averiguaciones previas y los procesos pendientes se seguirán tramitando por la autoridad a quien dio competencia aquella legislación", y por tanto, en tal caso la competencia para seguir conociendo del proceso, debe radicarse en la autoridad federal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/278694-44afe7b0/legislacion-de-emergencia-competencia-por-razon-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- COMPETENCIA EN MATERIA PENAL (LEGISLACION DE EMERGENCIA). (s/clave)
- PROCESOS PENDIENTES AL LEVANTARSE LA SUSPENSION DE GARANTIAS, COMPETENCIA PARA CONOCER DE LOS (LEGISLACION DE EMERGENCIA). (s/clave)
- COMPETENCIA EN MATERIA PENAL, TRATANDOSE DE PROCESOS PENDIENTES. (LEGISLACION DE EMERGENCIA). (825)
- COMPETENCIA EN MATERIA PENAL, TRATANDOSE DE PROCESOS PENDIENTES AL LEVANTARSE LA SUSPENSION DE GARANTIAS (LEGISLACION DE EMERGENCIA). (s/clave)
- COMPETENCIA EN MATERIA PENAL, TRATANDOSE DE PROCESOS PENDIENTES (LEGISLACION DE EMERGENCIA). (s/clave)
- COMPETENCIA EN MATERIA PENAL (LEGISLACION DE EMERGENCIA). (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis