Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

COMPETENCIA EN MATERIA DE TRABAJO, ENTRE UN PRESIDENTE Y UNA JUNTA CENTRAL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 279233 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 3170

El artículo 438 del la Ley Federal del Trabajo, faculta a la Suprema Corte de Justicia para decidir las competencias que se susciten entre Juntas de distintas Entidades Federativas; entre Juntas Municipales o Centrales y Juntas Federales de Conciliación o de Conciliación y Arbitraje; entre Juntas y autoridades judiciales cuando sean de distintas entidades, y entre autoridades judiciales y Juntas Federales, y entre esa enumeración no se prevén competencias entre un presidente municipal con facultades para integrar una Junta Municipal de Conciliación y Arbitraje y una Junta Central de Conciliación y Arbitraje; por tanto, si se suscita la competencia con ese motivo, la Suprema Corte debe declarar que no hay materia sobre la cual deba resolver.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/279233-b823add6/competencia-en-materia-de-trabajo-entre-un-presidente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Competencia 64/37. Suscitada entre el Presidente Municipal de Tultitlán, Estado de México y la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal. 27 de septiembre de 1937. Unanimidad de diecisiete votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis