Corpus
Modo: Corpus Pro

QUIEBRAS, ACUMULACION EN CASO DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 279279 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 3901

Si un crédito está garantizado con hipoteca, y el acreedor, haciendo uso de la facultad que le otorga la ley, promueve no un juicio hipotecario, sino un juicio ejecutivo civil, éste no debe acumular al de quiebra, puesto que, conforme al artículo 983, fracción II, del Código de Comercio, no son acumulables en los juicios que procedan de créditos hipotecarios; y aun cuando el actor haya elegido la vía ejecutiva civil, esto no cambia la procedencia del crédito de donde se deriva la acción real proveniente de la hipoteca.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/279279-8e744257/quiebras-acumulacion-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Controversia 437/34. Suscitada entre los Jueces Segundo de lo Civil de esta capital y de Primera Instancia de Huichapan, Hidalgo. 9 de marzo de 1936. Unanimidad de diecinueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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