BIENES NACIONALES.
Aun cuando hayan sido vendidos por la Hacienda Pública, si en virtud de alguna operación, cierta o simulada, han vuelto a manos de quienes constitucionalmente estaban incapacitados para poseerlos, la acción del Estado para reivindicarlos no desaparece.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/279544-9128a603/bienes-nacionales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo. San Francisco, S. A. 31 de enero de 1925. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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