MEDICOS.
El Departamento de Salubridad Pública está obligado a registrar los títulos de médicos, expedidos por universidades extranjeras, si tales documentos han sido revalidados por la Universidad Nacional de México, y no simplemente visados; pues el "visto bueno" únicamente significa que la institución que expidió el título, es merecedora de crédito, y que se ha identificado al quejoso como la persona a cuyo favor se expidió el diploma, y al Departamento de Salubridad corresponde determinar el alcance de ese "visto bueno".
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/279702-cfd8e9d3/medicos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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