SUSPENSION POR CAUSA SUPERVENIENTE.
Los motivos que pueden dar origen para que se conceda la suspensión negada en un principio, son los que proceden de las autoridades señaladas originariamente como responsables, y no de otras extrañas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/280439-2d2ec2d9/suspension-por-causa-superveniente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo administrativo. Rincón Gallardo Carlos y coagraviado. 10 de septiembre de 1928. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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