ABOGADOS EN EL AMPARO.
Cuando sólo están autorizados para oír notificaciones, no tienen capacidad legal par desistirse, ni pueden hacer otra cosa que concurrir a la audiencia, en defensa de los intereses de su cliente; por tanto, la multa que se les imponga a dichos abogados, por razón de la improcedencia del amparo, es a todas luces injusta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/280591-eb976a48/abogados-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil 138/28. Garza Miguel. 22 de octubre de 1928. Mayoría de cinco votos. Disidentes: Sabino M. Olea, Salvador Urbina y Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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