Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

DESCANSO DOMINICAL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 281064 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 845

Conforme a lo prevenido por la fracción IV del artículo 123 de la Constitución Federal, por cada seis días de trabajo, deberá disfrutar el operario, de un día de descanso, cuando menos, y como de acuerdo con el artículo 11, transitorio, de la propia Constitución, las bases establecidas en ella, se pondrán en vigor en toda la República, entretanto el Congreso de la Unión y los de los Estados, legislan sobre los problemas agrario y obrero, y el presidente de la República está facultado para proveer, dentro de su esfera administrativa, lo conducente a la expedición y cumplimiento de las leyes, y el gobierno del Distrito depende del Ejecutivo Federal, es inconcuso la facultad de este gobierno, para dictar el Reglamento del Descanso Dominical, y la aplicación del mismo, no puede considerarse violatoria de garantías.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/281064-b6336a1b/descanso-dominical · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión. Miñaur Pedro. 8 de agosto de 1928. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis