COMPETENCIA EN AMPARO.
La remisión de los autos a la Corte, para que resuelva sobre una cuestión de competencia, solo procede cuando el Juez de Distrito se considera sin facultades para conocer del juicio, pero no cuando, excitada su incompetencia, por alguna de las partes, resuelve que debe seguir conociendo del amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/281132-ef0a6e29/competencia-en-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Incompetencia 262/28. Sedas Champion Atilano. 27 de agosto de 1928. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Ricardo B. Castro, Leopoldo Estrada y Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XXIII, página 1079. Indice Alfabético. Incompetencia 162/28. Sedas Champion Atilano. 27 de agosto de 1928. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Ricardo B. Castro, Leopoldo Estrada y Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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