PROPIEDAD.
La Suprema Corte ha resuelto, en diversos ejecutorias, que las cuestiones de propiedad no pueden decidirse en el juicio de garantías, sin que antes hayan sido resueltas por las autoridades del orden común.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/281200-40564e79/propiedad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Tomo XXI, página 1736. Indice Alfabético. Amparo 2300/26. Compañía Minera Babilonia, Guadalupe y Anexas. 8 de julio de 1927. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Ricardo B. Castro y Elías Monges López. Ponente: Francisco Díaz Lombardo.
Tomo XXI, página 89. Amparo civil en revisión 2299/26. Compañía Minera "Babilonia, Guadalupe y Anexas". 8 de julio de 1927. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Ricardo B. Castro y Elías Monges López. Ponente: Francisco Díaz Lombardo.
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