DELITOS, AVERIGUACION DE LOS.
Si bien la sociedad está interesada en la averiguación de los hechos delictuosos y en la persecución de los responsables, ese interés, legal y lógicamente, queda subordinado a la comprobación de esos mismos hechos, requisito sin el cual sería absurdo considerar a alguien como responsable de ellos, por lo que la comprobación del cuerpo del delito es circunstancia esencialísima para que pueda procederse en contra de alguno.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282229-d4396a6a/delitos-averiguacion-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 1135/26. Villegas Arnulfo A. 6 de abril de 1927. Mayoría de siete votos. Disidentes: Salvador Urbina, Francisco Díaz Lombardo y Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Segunda Parte, Primera Sala, página 184, segunda tesis relacionada con la jurisprudencia 81, de rubro "CUERPO DEL DELITO, COMPROBACION DEL.".
Jurisprudencia relacionada
- CUERPO DEL DELITO, COMPROBACION DEL. (s/clave)
- CUERPO DEL DELITO, MEDIOS PARA COMPROBARLO. (850)
- DELITOS, AVERIGUACION DE LOS. (s/clave)
- CUERPO DEL DELITO, COMPROBACION DEL. (s/clave)
- CUERPO DEL DELITO, COMPROBACION DEL. (s/clave)
- DELITOS. (s/clave)
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