DOTACION DE EJIDOS.
Aun cuando una finca tenga más de quinientas hectáreas, si la parte laborable no llega a ciento cincuenta, debe conceptuarse que está comprendida dentro de las excepciones que fijan los artículos 14 y 15 del reglamento agrario.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282301-40199186/dotacion-de-ejidos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 793/24. Salinas Gil Matías. 13 de mayo de 1927. Mayoría de seis votos. Disidentes: Gustavo A. Vicencio, Sabino M. Olea, Salvador Urbina, Jesús Guzmán Vaca y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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