COMPETENCIA EN AMPARO.
Para que exista cuestión de competencia, es indispensable que dos o más Jueces estén conociendo de demandas de amparo contra los mismos hechos; de lo que se sigue que si uno de esos Jueces ha pronunciado ya su sentencia, no existe cuestión de competencia posible, pues desde que la pronunció, terminó su jurisdicción.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282454-7a4bc899/competencia-en-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia en amparo. Escalante Luis. 26 de julio de 1926. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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