PRESCRIPCION EN MATERIA MERCANTIL.
Los términos fijados por el Código de Comercio, para el ejercicio de acciones procedentes de actos mercantiles, son fatales, sin que contra ellos se dé restitución; y transcurridos esos términos, sin que las acciones se ejerciten, prescribirán, sin que, de acuerdo con lo mandado por el mismo código, pueda renunciarse esa prescripción; y la renuncia que se haga es nula.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282594-77a26003/prescripcion-en-materia-mercantil · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 17/23. Montaño Agustín M. 4 de septiembre de 1926. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- PRESCRIPCION EN MATERIA MERCANTIL. (s/clave)
- PRESCRIPCION. (s/clave)
- PRESCRIPCION. (s/clave)
- PRESCRIPCION EN MATERIA MERCANTIL. (s/clave)
- PRESCRIPCION EN MATERIA MERCANTIL, RENUNCIA DE LA. (s/clave)
- PRESCRIPCION MERCANTIL. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis